AMPARO DIRECTO 592/99.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 592/99.

Fecha: 25-May-1999

Resultando

PRIMERO.-Por escrito presentado el siete de julio de mil novecientos noventa y nueve ante el Tercer Tribunal Unitario ... y ... ambos de apellidos ... solicitaron el amparo y protección de la Justicia Federal en contra de las autoridades y por los actos que a continuación se expresan: "Autoridades responsables. a) C. Magistrado del Tercer Tribunal Unitario del Décimo Segundo Circuito, con domicilio ampliamente conocido en la ciudad de Mazatlán, Sinaloa, como autoridad ordenadora. b) C. Director del Instituto de Readaptación Social de Sinaloa, como autoridad ejecutora. Acto reclamado. Del C. Magistrado del Tercer Tribunal Unitario del Décimo Segundo Circuito que señalamos como responsable en el inciso a), reclamamos la sentencia de segunda instancia dictada en el toca penal número 1369/98-III de fecha 25 de mayo de 1999, con la cual confirma la sentencia condenatoria que previamente nos dictó el Juez Sexto de Distrito en la causa penal número 226/97-I. Del C. Director del Instituto de Readaptación Social de Sinaloa reclamamos la ejecución de dicha sentencia de segunda instancia.".

SEGUNDO.-Por auto de cuatro de agosto de mil novecientos noventa y nueve se admitió la demanda de amparo por el presidente de este Tercer Tribunal Colegiado, ordenándose comunicar lo anterior a la agente del Ministerio Público de la Federación quien se abstuvo de intervenir en el presente asunto. Posteriormente, por auto de doce siguiente, se turnó el asunto al Magistrado Héctor Flores Guerrero. Finalmente, el tres de noviembre del año citado, se returnó el asunto al Magistrado José Octavio Rodarte Ibarra para la formulación del proyecto de resolución respectivo.