AMPARO DIRECTO 3033/2005. **********.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 3033/2005. **********.

Fecha: 25-Jun-2001

Considerando

CUARTO. En el primer concepto de violación el quejoso aduce que la responsable pasó por alto que en el inciso A) del capítulo de prestaciones de su demanda inicial le pidió que tuviera ese ocurso como aviso para calificar las enfermedades profesionales que presentaba, así como que en la audiencia que se celebró el dieciocho de marzo de dos mil tres adicionó el hecho seis en el que describió el accidente en trayecto ocurrido el veinticinco de junio de dos mil uno y la indebida calificación de no trayecto.