LESIVIDAD. EL EJERCICIO DE DICHA ACCIÓN PRESUPONE UNA PARTICIPACIÓN DAÑINA EN PERJUICIO DEL ESTADO, QUE, POR SEGURIDAD JURÍDICA, ESTÁ COMPELIDO A PROBAR.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

LESIVIDAD. EL EJERCICIO DE DICHA ACCIÓN PRESUPONE UNA PARTICIPACIÓN DAÑINA EN PERJUICIO DEL ESTADO, QUE, POR SEGURIDAD JURÍDICA, ESTÁ COMPELIDO A PROBAR.

Fecha: 17-Nov-2011

Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada Y

2. En su lugar, emita otra en la que, siguiendo las consideraciones aquí sustentadas sobre la distribución de las cargas probatorias en la instancia natural, y sobre la ponderación del material probatorio allegado al sumario, declare que la parte actora no probó su acción; por tanto, reconozca la validez de las placas y tarjetas de circulación expedidas a favor de **********.

Similar criterio sustentó este Tribunal Colegiado, al resolver por unanimidad de votos los amparos directos 89/2010 y 215/2010, en sesiones de veinticuatro de junio y diecinueve de noviembre, ambos de dos mil diez; y el 210/2011, resuelto en sesión de diez de noviembre de dos mil once.