Suprema Corte de Justicia de la Nación
LESIVIDAD. EL EJERCICIO DE DICHA ACCIÓN PRESUPONE UNA PARTICIPACIÓN DAÑINA EN PERJUICIO DEL ESTADO, QUE, POR SEGURIDAD JURÍDICA, ESTÁ COMPELIDO A PROBAR.
Fecha: 17-Nov-2011
Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada Y
2. En su lugar, emita otra en la que, siguiendo las consideraciones aquí sustentadas sobre la distribución de las cargas probatorias en la instancia natural, y sobre la ponderación del material probatorio allegado al sumario, declare que la parte actora no probó su acción; por tanto, reconozca la validez de las placas y tarjetas de circulación expedidas a favor de **********.
Similar criterio sustentó este Tribunal Colegiado, al resolver por unanimidad de votos los amparos directos 89/2010 y 215/2010, en sesiones de veinticuatro de junio y diecinueve de noviembre, ambos de dos mil diez; y el 210/2011, resuelto en sesión de diez de noviembre de dos mil once.
- Considerando
- Dichos Numerales Disponen Textualmente Lo Siguiente
- I Ser De Nacionalidad Mexicana O Ajustarse A Las Leyes De Inversión Extranjera Vigentes
- Iv Designación De Domicilio Para Efectos De Oír Y Recibir Notificaciones
- Viii Otros Que Le Establezcan La Ley Y El Reglamento
- Tener La Nacionalidad Mexicana
- Designar Domicilio
- Efectuar El Pago Correspondiente Y
- Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada Y
- Por Lo Anteriormente Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Notifíquese