AMPARO DIRECTO 89/2011. **********. 30 DE JUNIO DE 2011. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: MARCO ANTONIO RIVERA CORELLA. PONENTE: ÁNGEL GREGORIO VÁZQUEZ GONZÁLEZ. SECRETARIA: DIANA MONTSERRAT PARTIDA ARÁMBURO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 89/2011. **********. 30 DE JUNIO DE 2011. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: MARCO ANTONIO RIVERA CORELLA. PONENTE: ÁNGEL GREGORIO VÁZQUEZ GONZÁLEZ. SECRETARIA: DIANA MONTSERRAT PARTIDA ARÁMBURO.

Fecha: 30-Jun-2011

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

ÚNICO.-La justicia de la unión no ampara ni protege a ********** contra el acto reclamado al Magistrado de la Tercera Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, residente en esta ciudad, que se precisó en el resultando primero de este fallo.

Notifíquese, publíquese y anótese en el libro de registro; con testimonio de esta resolución vuelvan los autos al lugar de su procedencia y, en su oportunidad, archívese el expediente.

Así lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, por mayoría de votos de los Magistrados Ángel Gregorio Vázquez González y José Octavio Rodarte Ibarra, en contra del voto emitido por el Magistrado Marco Antonio Rivera Corella, voto que se agrega por separado, firmando en su carácter de presidente y ponente el primero de los citados.

En términos de lo previsto en el artículo 13 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en ese supuesto normativo.