AMPARO DIRECTO 733/2017. 12 DE JULIO DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JORGE TOSS CAPISTRÁN. SECRETARIO: ARTURO NAVARRO PLATA.
Fecha: 05-Oct-2018
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.—La Justicia de la Unión no ampara, ni protege a ********** y **********, contra el acto que reclamó de la autoridad precisada en el resultando primero, por los motivos expuestos en el último considerando de esta sentencia.
Notifíquese; por lista a las partes quejosa, tercero interesada y Ministerio Público de la adscripción; por oficio a la o las autoridades responsables; con testimonio de la presente resolución, vuelvan los autos al lugar de su procedencia; anótese en el libro de gobierno; en su oportunidad, archívese este expediente como asunto concluido.
Así, por unanimidad de votos de los Magistrados Jorge Toss Capistrán, Jorge Sebastián Martínez García y Juan Carlos Moreno Correa, lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito; siendo presidente y ponente el primero de los nombrados.
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