AMPARO DIRECTO 101/2017. 21 DE JUNIO DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JAIME SANTANA TURRAL. SECRETARIA: OLGA RAMOS LÓPEZ.
Fecha: 23-Nov-2018
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.—La Justicia de la Unión ampara y protege a ********** o ********** o **********, contra la sentencia definitiva de catorce de agosto de dos mil catorce, dictada en el toca de apelación **********, por la Tercera Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla y su ejecución, atribuida al director del Centro de Reinserción Social de Xicotepec de Juárez, Puebla. El amparo se concede para los efectos señalados en la parte final del último considerando.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, devuélvanse los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el expediente.
Así lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados Arturo Mejía Ponce de León, presidente, Jesús Rafael Aragón y Jaime Santana Turral. Fue ponente el tercero de los nombrados.
En términos de lo previsto en los artículos 8, 13, 14, 18 y demás conducentes en lo relativo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
Nota: La tesis de jurisprudencia 7 citada en esta ejecutoria, también aparece publicada con la clave 1a./J. 22/2000, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, noviembre de 2000, página 114.