AMPARO DIRECTO 212/2017. 4 DE MAYO DE 2018. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: JOSÉ FRANCISCO CILIA LÓPEZ. PONENTE: MARÍA LEONOR PACHECO FIGUEROA. SECRETARIO: ROBERTO GENCHI RECINOS.
Fecha: 24-Ago-2018
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.—La Justicia de la Unión ampara y protege a la persona moral denominada **********, Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, a través de su representante legal **********, en contra del acto de la Segunda Sala Regional de Oriente del actual Tribunal Federal de Justicia Administrativa, consistente en la sentencia de veintiocho de febrero de dos mil diecisiete, emitida dentro del expediente del juicio de nulidad número **********; lo anterior, para los efectos señalados en la parte final del último considerando de esta ejecutoria.
Notifíquese legalmente; con testimonio de esta ejecutoria devuélvanse los autos a la Sala de origen y, en su oportunidad, archívese el expediente.
Así lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, por mayoría de votos de la Magistrada presidenta María Leonor Pacheco Figueroa y del Magistrado José Ybraín Hernández Lima, con el voto en contra del Magistrado José Francisco Cilia López, siendo ponente la primera de los nombrados.
En términos de lo previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, difundida en el Diario Oficial de la Federación el cuatro de mayo de dos mil quince; en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información, expedida el seis de mayo de dos mil dieciséis, así como en el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales y archivos, en esta versión pública se suprimen los datos personales y/o la información considerada legalmente como reservada y/o confidencial.