AMPARO DIRECTO 676/2018. 8 DE AGOSTO DE 2019. UNANIMIDAD DE VOTOS, CON VOTO CONCURRENTE DEL MAGISTRADO JOSÉ MANUEL DE ALBA DE ALBA. PONENTE: EZEQUIEL NERI OSORIO. SECRETARIO: DARÍO MORÁN GONZÁLEZ.
Fecha: 08-Nov-2019
Por Lo Expuesto Y Fundado Se
RESUELVE:
ÚNICO.—La Justicia de la Unión ampara y protege a **********, por propio derecho y en representación de su menor hija de identidad reservada, en contra de la resolución definitiva pronunciada el ********** por la Octava Sala en Materia de Familia del Tribunal Superior de Justicia del Estado, en el toca número **********.
Notifíquese como corresponde; anótese en el libro de gobierno; con testimonio de esta ejecutoria, hágase del conocimiento de la autoridad responsable y, en su oportunidad, archívese el expediente.
Así, por unanimidad de votos, en cuanto al sentido, de los ciudadanos Magistrados José Manuel De Alba De Alba, Ezequiel Neri Osorio e Isidro Pedro Alcántara Valdés, lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, siendo ponente el segundo de los nombrados; con voto concurrente respecto de algunas consideraciones, por el primero de los citados.
En términos de lo previsto en los artículos 3, 13 y 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
Nota: La parte conducente de las sentencias relativas a las contradicciones de tesis 122/2004-PS y 96/2006-PS citada en esta ejecutoria, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomos XXI, abril de 2005, página 252 y XXVIII, octubre de 2008, página 336, registros digitales: 18770 y 21170, respectivamente.