AMPARO DIRECTO 471/2021. 17 DE MARZO DE 2022. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: ENRIQUE ZAYAS ROLDÁN. PONENTE: VÍCTORINO ROJAS RIVERA. SECRETARIO: FRANCISCO RENÉ CHAVARRÍA ALANIZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 471/2021. 17 DE MARZO DE 2022. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: ENRIQUE ZAYAS ROLDÁN. PONENTE: VÍCTORINO ROJAS RIVERA. SECRETARIO: FRANCISCO RENÉ CHAVARRÍA ALANIZ.

Fecha: 05-Ago-2022

En Vigor A Partir Del Tres De Abril De Dos Mil Trece

26. "Artículo 182. La parte que haya obtenido sentencia favorable y la que tenga interés jurídico en que subsista el acto reclamado podrán presentar amparo en forma adhesiva al que promueva cualquiera de las partes que intervinieron en el juicio del que emana el acto reclamado, el cual se tramitará en el mismo expediente y se resolverán en una sola sentencia.

"La presentación y trámite del amparo adhesivo se regirá, en lo conducente, por lo dispuesto para el amparo principal, y seguirá la misma suerte procesal de éste.