AMPARO EN REVISIÓN 265/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO EN REVISIÓN 265/2023

Fecha: 07-Ago-2024

ÍNDICE TEMÁTICO

Hechos: ********** fue vinculado a proceso por el delito de homicidio calificado, al haber presuntamente privado de la vida a la víctima **********.

En la investigación complementaria, el Juez de Control autorizó la toma de muestra a través de hisopos de saliva del quejoso. Cerrada la etapa de investigación, el Ministerio Público presentó acusación iniciando la fase escrita de la etapa intermedia. Durante dicha fase, la defensa solicitó audiencia de nulidad de actos procesales y medios de prueba o registros, misma que se llevó a cabo el dieciocho de febrero de dos mil veintiuno, y en la que resolvió que eran improcedentes los incidentes planteados. Posteriormente, se llevó a cabo la fase oral con la audiencia intermedia, que finalizó con el dictado del auto de apertura al juicio.

En contra de las determinaciones de dieciocho de febrero de dos mil veintiuno, ********** promovió demanda de amparo indirecto. Al resolver, el Juez de Distrito sobreseyó el juicio de amparo al estimar actualizada la causal de improcedencia prevista en la fracción XVII, del artículo 61, de la Ley de Amparo, relativa a cambio de situación jurídica, pues se dictó el auto de apertura a juicio. Asimismo, el juez de amparo impuso una multa a la Jueza de Control.

Inconforme, el quejoso interpuso recurso de revisión. Sin embargo, el Tribunal Colegiado solicitó a este Alto Tribunal ejercer su facultad de atracción. Así, esta Primera Sala en la Solicitud de Ejercicio de la Facultad de Atracción **********, resolvió atraer el asunto a fin de determinar si en el proceso penal acusatorio, la emisión del auto de apertura a juicio genera un cambio de situación jurídica y, por tanto, se actualiza la causal de improcedencia prevista en la fracción XVII, del artículo 61, de la Ley de Amparo.

AMPARO EN REVISIÓN 265/2023

QUEJOSO Y Recurrente: **********

VISTO BUENO

SR. MINISTRO

PONENTE: MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ

COTEJÓ

SECRETARIOS: ROSALBA RODRÍGUEZ MIRELES Y HORACIO VITE TORRES

SECRETARIA AUXILIAR: EUNICE DELGADILLO BRISEÑO

Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en sesión correspondiente al siete de agosto de dos mil veinticuatro, emite la siguiente:

SENTENCIA

Mediante la cual se resuelve el recurso de revisión 265/2023, interpuesto por **********, en contra de la sentencia dictada el nueve de junio de dos mil veintidós por el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Sinaloa, con residencia en Culiacán, en el juicio de amparo indirecto **********.

El problema jurídico a resolver por esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consiste en determinar si para efectos del juicio de amparo, se actualiza la causal de improcedencia de cambio de situación jurídica, prevista en la fracción XVII, del artículo 61, de la Ley de Amparo, cuando el acto reclamado consiste en resoluciones dictadas durante la etapa intermedia del procedimiento penal acusatorio en incidentes de nulidad de actos procesales, medios de prueba o registros y posteriormente se dicta el auto de apertura a juicio con el que culmina dicha etapa.