COLABORÓ: SOFÍA MARTÍNEZ PAZ
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: una mujer demandó la ejecución del pago de alimentos vencidos que su anterior pareja no había solventado en favor de sus hijos. Si bien, el Juez Familiar le dio la razón y la Sala de apelación confirmó esta decisión, en amparo, el Juez Federal consideró que había prescrito su derecho para ejecutar el pago de las pensiones vencidas, pues había transcurrido el plazo de cinco años previsto en el Código Civil del Estado de México. La revisión de esta interpretación es el objeto de esta sentencia.
quejoso: **********
PARTE TERCERA INTERESADA Y Recurrente: **********, POR SÍ Y EN REPRESENTACIÓN DE SU HIJA MENOR DE EDAD y **********
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
PONENTE: MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
COTEJÓ
SECRETARIO: FERNANDO SOSA PASTRANA
SECRETARIA AUXILIAR: ELENA LÓPEZ CUEVA
