AMPARO EN REVISIÓN 29/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO EN REVISIÓN 29/2024

Fecha: 15-Ene-2025

SÍNTESIS

Hechos: El nueve de marzo de dos mil veintiuno se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reformó la Ley de la Industria Eléctrica (LIE). En esencia, se modificaron diversas disposiciones que variaron el funcionamiento del mercado eléctrico mayorista y se le da preponderancia a la actividad de la empresa productiva del Estado, Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Una empresa productora de papel y con permiso para la generación de energía eléctrica, a través de una central eléctrica de su propiedad, promovió juicio de amparo indirecto, señalando que la reforma a la LIE, era contraria a los derechos de competencia económica, libre mercado y concurrencia, así como a un ambiente sano y a la salud.

Una vez substanciado el juicio de amparo indirecto, el juez de distrito del conocimiento dictó sentencia en la que concedió el amparo y protección de la Justicia de la Unión, bajo la consideración de que los artículos reformados eran contrarios a los principios establecidos en los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), toda vez que establecen diversas prohibiciones que tienen como consecuencia que en el mercado eléctrico y, en el sistema eléctrico nacional, no exista una competencia leal entre sus participantes, dando como resultado que los particulares que poseen una central de energía o aquellos dirigentes de proyectos encaminados a la producción se vean afectados al recibir un trato desigual en comparación con otras centrales o generadores de energía propiedad de la CFE. Por lo anterior, como efecto de la concesión del amparo, ordenó no se aplique a la parte quejosa el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la LIE y con el fin de no generar un vacío normativo, se precisa que las autoridades responsables deberán continuar aplicando el régimen previsto en la LIE vigente hasta antes de la entrada en vigor del Decreto combatido.

Inconformes con la determinación, el Presidente de la República, las Cámaras de Diputados y Senadores, ambas del Congreso de la Unión, interpusieron recursos de revisión, respectivamente, argumentando la constitucionalidad de la reforma a la LIE.

ÍNDICE TEMÁTICO

AMPARO EN REVISIÓN 29/2024

quejosa: ********** ********** ********** ********** ********** ********** ********** **********

Recurrentes: PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAy otras

VISTO BUENO

SRA. MINISTRA

PONENTE: MINISTRA LENIA BATRES GUADARRAMA

COTEJÓ

SECRETARIO: ANGEL JONATHAN GARCÍA ROMO