R E S U E L V E
PRIMERO. En la materia de la revisión, competencia originaria de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se confirma la sentencia recurrida.
SEGUNDO. La Justicia de la Unión ampara y protege a la menor de edad Nombre de la niña, representada por el asesor jurídico adscrito a la Delegación Regional Jalisco del Instituto Federal de Defensoría Pública, en relación con el acuerdo de treinta de marzo de dos mil veintidós, dictado por el Juez Décimo Segundo de lo Familiar del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, en el juicio de reconocimiento de paternidad número Número de expediente 1 de su índice.
Notifíquese ; conforme a derecho corresponda, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cinco votos del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá quien está con el sentido, pero se separa de los párrafos 91, 94, 96 al 99 y 109 y se reserva su derecho a formular voto concurrente, Ministra Ana Margarita Ríos Farjat (Ponente), Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena quien está con el sentido, pero se aparta de todas las consideraciones y se reservó su derecho a formular voto concurrente, y Ministra Presidenta Loretta Ortiz Ahlf.
