AMPARO EN REVISIÓN 570/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO EN REVISIÓN 570/2024

Fecha: 28-May-2025

Encabezado

AMPARO EN REVISIÓN 570/2024

QUEJOSas Y RECURRENTEs: ********** y otras.

VISTO BUENO

SR. MINISTRO

PONENTE: MINISTRO JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO.

COTEJÓ

SECRETARIA: ALEXANDRA VALOIS SALAZAR.

COLABORÓ: MIGUEL ÁNGEL DE LA O GONZÁLEZ

ÍNDICE TEMÁTICO

Un grupo de cuarenta y ocho mujeres, residentes en el Estado de Morelos, promovieron juicio de amparo indirecto, mediante el cual reclamaron de distintas autoridades del Estado de Morelos, la inconstitucionalidad de los artículos 115, 116, 117 y 119 fracciones I y II del Código Penal para el Estado de Morelos, así como la falta de instrucciones para la organización, difusión e implementación de servicios de salud para garantizar el acceso al servicio de aborto electivo o voluntario a las mujeres y personas gestantes, como parte de su derecho a decidir, en términos de los estándares establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la acción de inconstitucionalidad 148/2017.

Por su parte, el Juez Noveno de Distrito en el Estado de Morelos, dictó resolución en la que, por un lado, sobreseyó en el juicio de amparo respecto de la omisión de organización, difusión e implementación de servicios de salud para garantizar el acceso al servicio de aborto electivo o voluntario y, por otro, concedió la protección constitucional a las quejosas, al considerar que el sistema normativo que penaliza el aborto establecido en los artículos 115, 116, 117 y 119 del Código Penal para el Estado de Morelos resultaba inconstitucional, por vulnerar el derecho a decidir de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Inconformes con el sobreseimiento decretado, las quejosas promovieron el presente recurso de revisión.

ÍNDICE TEMÁTICO

AMPARO EN REVISIÓN 570/2024

QUEJOSas Y RECURRENTEs: ********** y otras.

VISTO BUENO

SR. MINISTRO

PONENTE: MINISTRO JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO.

COTEJÓ

SECRETARIA: ALEXANDRA VALOIS SALAZAR.

COLABORÓ: MIGUEL ÁNGEL DE LA O GONZÁLEZ

Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al veintiocho de mayo de dos mil veinticinco, emite la siguiente: