RESUELVE
ÚNICO. Se declara legalmente competente al Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución a los órganos contendientes, remítanse los autos al tribunal colegiado de circuito declarado legalmente competente y, en su oportunidad, archívese el toca.
Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por mayoría de cuatro votos de los ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar Morales, Javier Laynez Potisek (ponente) y presidenta Yasmín Esquivel Mossa. Votó en contra la Ministra Loretta Ortiz Ahlf.
