SENTENCIA
Mediante la cual se resuelven los autos del Conflicto Competencial 293/2022 , suscitado entre el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito.
El problema jurídico a resolver por esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consiste en determinar cuál es el Tribunal Colegiado de Circuito que, por razón de territorio, debe conocer del juicio de amparo directo promovido en contra de una resolución dictada por la Sala Regional de Tlaxcala y Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, si el tribunal donde reside la sala que sustituyó a ésta o el tribunal con circunscripción en el Estado de Tlaxcala, por ser el lugar donde se dictó la sentencia recurrida.
- Encabezado
- SENTENCIA
- ANTECEDENTES DEL CONFLICTO COMPETENCIAL
- INEJECUCIÓN DE SENTENCIA. EL CUMPLIMIENTO LE CORRESPONDE A LA AUTORIDAD SUSTITUTA CUANDO LA AUTORIDAD COMPETENTE QUEDA IMPEDIDA PARA ELLO, O DESAPARECE POR REFORMA CONSTITUCIONAL O LEGAL, POR LO QUE, EN RELACIÓN CON ELLA, DEBE REALIZARSE EL PROCEDIMIENTO RESPECTIVO PARA LOS EFECTOS DE LOS ARTÍCULOS 104, 105 Y DEMÁS RELATIVOS DE LA LEY DE AMPARO.
- V. DECISIÓN
