conflicto competencial 4/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

conflicto competencial 4/2023

Fecha: 08-Mar-2023

“COMPETENCIA PARA CONOCER DEL RECURSO DE REVISIÓN INTERPUESTO CONTRA LA SENTENCIA DICTADA EN UN JUICIO DE AMPARO INDIRECTO EN EL QUE SE RECLAMÓ EL ARTÍCULO 33 DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. CORRESPONDE A UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA. ” [4]

  1. En consecuencia, esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que la competencia para conocer de los recursos de revisión interpuestos en el incidente de suspensión de que se trata corresponde a un Tribunal Colegiado especializado en Materia Administrativa.
  2. Similares consideraciones sostuvo esta Segunda Sala al resolver los conflictos competenciales 83/2021 y 201/2021 .

  1. Estas consideraciones son obligatorias al haberse aprobado por unanimidad de cuatro votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Luis María Aguilar Morales (ponente), Loretta Ortiz Ahlf y Presidente Alberto Pérez Dayán. Ausente el Ministro Javier Laynez Potisek.

IV. Decisión.

Por lo expuesto y fundado, se resuelve:

ÚNICO. Se declara legalmente competente al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Segundo Circuito .

Notifíquese ; con testimonio de esta ejecutoria a los tribunales colegiados contendientes, remítanse los autos al Tribunal Colegiado de Circuito declarado legalmente competente y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.

Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cuatro votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Luis María Aguilar Morales (ponente), Loretta Ortiz Ahlf y Presidente Alberto Pérez Dayán. Ausente el Ministro Javier Laynez Potisek.