Encabezado
contradicción de criterios 265/2023
entre los sustentados por el Primer Tribunal Colegiado en Materias penal y administrativa del décimo séptimo circuito y el primer tribunal colegiado en materia administrativa del séptimo circuito
PONENTE: ministrO JAVIER LAYNEZ POTISEK
COTEJÓ
SECRETARIo: ALFREDO URUCHURTU SOBERÓN
SECRETARIO AUXILIAR: jULIO cÉSAR cANELA mAYORAL
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: Los órganos colegiados contendientes analizaron las formalidades de la notificación por estrados a que refiere el artículo 139 del Código Fiscal de la Federación, sin embargo, uno de los criterios contendientes no ha causado ejecutoria, por lo que la contradicción de criterios es improcedente.
CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 265/2023
entre los sustentados por el Primer Tribunal Colegiado en Materias penal y administrativa del décimo séptimo circuito y el primer tribunal colegiado en materia administrativa del séptimo circuito
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
ponente: ministrO JAVIER LAYNEZ POTISEK
cOTEJó
SECRETARIO: alfredo uruchurtu soberón
SECRETARIO AUXILIAR: JULIO CÉSAR CANELA MAYORAL
Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión de veintinueve de noviembre de dos mil veintitrés, emite la siguiente:
