CONTRADICCIÓN DE TESIS 282/2021
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 282/2021

Fecha: 19-Oct-2022

IV. DECISIÓN

Por lo antes expuesto, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve:

PRIMERO. Es improcedente la contradicción de tesis denunciada.

SEGUNDO. Remítanse los autos al Pleno en Materia Administrativa del Segundo Circuito.

Notifíquese , con testimonio de la presente resolución a los tribunales colegiados de circuito contendientes, y en su oportunidad archívese el expediente como asunto concluido.

Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por mayoría de tres votos de los Ministros Loretta Ortiz Ahlf (ponente), Javier Laynez Potisek y Presidenta Yasmín Esquivel Mossa. Los Ministros Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar Morales emiten su voto en contra.