CONTRADICCIÓN DE TESIS 349/2021
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 349/2021

Fecha: 23-Nov-2022

R E S U L T A N D O:

  1. PRIMERO. Denuncia de la contradicción. Mediante escrito recibido el dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno en la Oficialía de Partes del Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, Ana Cristina Limón Pozos , por su propio derecho, denunció la posible contradicción de tesis entre el criterio sostenido por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito , al resolver el recurso de queja 186/2021, y el Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito , al fallar el recurso de queja 183/2021.
  2. El quince de diciembre de dos mil veintiuno, el Pleno de Circuito en Materia Administrativa del Primer Circuito remitió por conducto del MINTERSCJN el referido escrito de denuncia.
  3. SEGUNDO. Trámite de la denuncia. En auto de seis de enero de dos mil veintidós, el Presidente de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió a trámite la denuncia de posible contradicción de tesis y la registró con el número de expediente 349/2021 , ordenó el turno del asunto al señor Ministro Luis María Aguilar Morales , integrante de la Segunda Sala, y destacó la probable relación con la contradicción de tesis 152/2021; asimismo, solicitó a la Presidencia de los Tribunales Colegiados involucrados la versión digitalizada del proveído en el que informen si el criterio contendiente se encuentra vigente o no, así como de los fallos denunciados.
  4. Mediante proveído de veinticuatro de enero de dos mil veintidós, la Presidenta de la Segunda Sala ordenó el avocamiento del presente asunto.
  5. Una vez que quedó debidamente integrado el expediente, por acuerdo de dos de septiembre de dos mil veintidós, la Presidenta de la Segunda Sala de este Alto Tribunal ordenó remitir los autos al Ministro ponente.