OPORTUNIDAD
19. De conformidad con el artículo 21, fracción I, de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tratándose de actos, el plazo para la presentación de la demanda de controversia constitucional es de treinta días contados a partir del día siguiente al en que conforme a la ley del propio acto surta efectos la notificación de la resolución o acuerdo que se reclame; al en que se haya tenido conocimiento de ellos o de su ejecución; o al en que el actor se ostente sabedor de dichos actos.
20. En la especie, para el cómputo del plazo se tomará la fecha de la publicación oficial del decreto impugnado como el día en que el Poder Judicial del Estado de Morelos tuvo conocimiento de éste, esto es, el dieciocho de noviembre de dos mil veintidós, en virtud de que no manifestó haber tenido conocimiento de tal acto en fecha distinta, por lo que el referido plazo de treinta días para promover el presente medio de control constitucional transcurrió del martes veintidós de noviembre de dos mil veintidós al martes diecisiete de enero de dos mil veintitrés .
21. Entonces, si la demanda se depositó el diez de enero de dos mil veintitrés en el buzón judicial de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, es evidente que la controversia constitucional se promovió de manera oportuna.
22. Estas consideraciones no son obligatorias al haberse aprobado por mayoría de tres votos. La Ministra Yasmín Esquivel Mossa se aparta de la consideración relativa a la oportunidad. Ausente la Ministra Loretta Ortiz Ahlf.
- Encabezado
- SENTENCIA
- ANTECEDENTES Y TRÁMITE DE LA DEMANDA
- COMPETENCIA
- PRECISIÓN DE LOS ACTOS RECLAMADOS
- EXISTENCIA DEL ACTO IMPUGNADO
- OPORTUNIDAD
- V. LEGITIMACIÓN ACTIVA
- VI. LEGITIMACIÓN PASIVA
- VII. CAUSAS DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEIMIENTO
- ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. DEBE DESESTIMARSE LA CAUSA DE IMPROCEDENCIA PLANTEADA POR EL PODER EJECUTIVO LOCAL EN QUE ADUCE QUE AL PROMULGAR Y PUBLICAR LA NORMA IMPUGNADA SÓLO ACTUÓ EN CUMPLIMIENTO DE SUS FACULTADES.
- ESTUDIO DE FONDO
- EFECTOS
- DECISIÓN
