INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA 135/2022
Fecha: 15-Feb-2023
III. DECISIÓN
Por todo lo expuesto y fundado, se resuelve:
PRIMERO. Es infundado el incidente de inejecución de sentencia.
SEGUNDO. Se ordena devolver los autos del juicio de amparo indirecto 175/2017 al Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Baja California.
TERCERO . Queda sin efectos el dictamen emitido por el Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, en el incidente de inejecución de sentencia 4/2022 y las multas impuestas por la Juez de Distrito.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, al Juzgado de Distrito y al Tribunal Colegiado de Circuito que conocieron de este asunto; devuélvanse los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el expediente de inejecución de sentencia como asunto concluido.
Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa (ponente), Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek y Presidente Alberto Pérez Dayán.