INCIDENTE DE INCONFORMIDAD 81/94. MANUEL ENRIQUE ROSAS TELLEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

INCIDENTE DE INCONFORMIDAD 81/94. MANUEL ENRIQUE ROSAS TELLEZ.

Fecha: 01-Ene-1917

Primero Es Procedente Y Fundado El Incidente De Inconformidad

SEGUNDO.- Se revoca la resolución de fecha treinta de mayo de mil novecientos noventa y tres, dictada por el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, por la que declaró cumplida la sentencia concesoria.

TERCERO.- Se dejan a salvo los derechos del quejoso inconforme Manuel Enrique Rosas Téllez, para promover el incidente de daños y perjuicios que previene el artículo 105, párrafo cuarto, de la Ley de Amparo, como ejecución sustituta de la sentencia de amparo.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos del juicio de amparo al juzgado de su origen y, en su oportunidad, archívese el expediente.

Así, lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: Presidente Juan Díaz Romero, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Mariano Azuela Güitrón, Genaro David Góngora Pimentel y Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.