INCIDENTE DE SUSPENSIÓN (REVISIÓN) 301/2003. JOSÉ LUIS ROSAS BRUNO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

INCIDENTE DE SUSPENSIÓN (REVISIÓN) 301/2003. JOSÉ LUIS ROSAS BRUNO.

Fecha: 01-Ene-1917

Primerose Confirma La Interlocutoria Sujeta A Revisión

SEGUNDO.-Se niega la suspensión definitiva solicitada por José Luis Rosas Bruno respecto de los actos que reclamó de la Tercera Sala en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla y Juez Primero de lo Civil de esta capital, precisados en el resultando primero de esta ejecutoria.

TERCERO.-Se concede la suspensión definitiva solicitada por José Luis Rosas Bruno respecto de los efectos de los actos que reclamó de la Tercera Sala en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla y Juez Primero de lo Civil de esta capital, precisados en el resultando primero de esta ejecutoria, en los términos indicados en el considerando tercero de la interlocutoria sujeta a revisión.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución devuélvanse los autos al juzgado de su origen y, en su oportunidad, archívese este toca como asunto concluido.

Así, por unanimidad de votos, lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, integrado por los Magistrados Gustavo Calvillo Rangel, Raúl Armando Pallares Valdez y Ma. Elisa Tejada Hernández. Fue ponente el segundo de los nombrados.

Nota: La tesis de rubro: "ACTOS CONSUMADOS. SUSPENSIÓN IMPROCEDENTE." citada, aparece publicada con el número 12 en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, Tomo VI, Materia Común, página 13.