INCIDENTE DE SUSPENSIÓN (REVISIÓN) 390/97. MARÍA CONCEPCIÓN MÉNDEZ GUERRA DE TORRES.
Fecha: 01-Ene-1917
Primero Se Modifica La Sentencia Recurrida
SEGUNDO.- Se niega la suspensión definitiva solicitada por María Concepción Méndez Guerra de Torres, contra actos del comandante de la Policía Judicial del Estado y delegado de Seguridad Pública, con sede en Tampico, Tamaulipas.
TERCERO.- Se concede la suspensión definitiva solicitada por María Concepción Méndez Guerra de Torres, contra actos del Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil, secretario y actuario adscritos a dicho juzgado, todos con residencia en Tampico, Tamaulipas.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, devuélvanse los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el asunto como concluido.
Así, por unanimidad de votos de los Magistrados Lucio Antonio Castillo González, Olga Iliana Saldaña Durán y Roberto Terrazas Salgado, lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, siendo ponente la segunda de los nombrados.