INCIDENTE DE SUSPENSIÓN (REVISIÓN) 212/2017. 11 DE OCTUBRE DE 2017. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FRANCISCO JAVIER SARABIA ASCENCIO. SECRETARIO: ERIK ERNESTO OROZCO URBANO.
Fecha: 26-Ene-2018
Considerando
III.-Decisión. En atención a la causa de pedir,(8) se estima fundado el agravio de la autoridad responsable recurrente, en el que señala que es desacertada la decisión del Juez Federal, porque no estableció un razonamiento lógico jurídico para haber concedido la suspensión definitiva a la parte quejosa, por lo cual, solicita que se revoque y se niegue la medida cautelar concedida.
En efecto, del sumario en revisión se desprende que en auto de veinte de junio del año en curso,(9) el Juez de Distrito aperturó el incidente de suspensión relativo al juicio de amparo 497/2017-III-B, en el que, entre otros aspectos -como el haber otorgado la suspensión provisional-, requirió el informe previo a las autoridades señaladas como responsables por el quejoso en su escrito de demanda: