RECURSO DE INCONFORMIDAD 30/2022
Suprema Corte de Justicia de la Nación

RECURSO DE INCONFORMIDAD 30/2022

Fecha: 09-Nov-2022

IV. OPORTUNIDAD

  1. En términos del artículo 202 de la Ley de Amparo, el recurso de inconformidad debe interponerse dentro del plazo de quince días contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación de la resolución impugnada . En el caso, se le notificó electrónicamente al autorizado de la denunciante, el veintinueve de enero de dos mil veintidós , según la constancia (acuse) de consulta generada . De modo que el plazo para interponer el recurso de inconformidad transcurrió del uno al veintidós de febrero del mismo año . Entonces, el recurso es oportuno porque se presentó el dos de febrero de dos mil veintidós.