RECURSO DE INCONFORMIDAD 22/2022, PREVISTO EN LAS FRACCIONES I A III DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

RECURSO DE INCONFORMIDAD 22/2022, PREVISTO EN LAS FRACCIONES I A III DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO

Fecha: 08-Mar-2023

RESUELVE:

PRIMERO. Se revoca la resolución recurrida.

SEGUNDO . Devuélvanse los autos al Tribunal Colegiado del conocimiento, para los efectos precisados en el presente fallo.

Notifíquese ; con testimonio de la presente resolución, devuélvanse los autos al Tribunal Colegiado de origen y, en su oportunidad archívese el expediente como asunto concluido.

Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cuatro votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf (ponente) y Presidente Alberto Pérez Dayán. Ausente el Ministro Javier Laynez Potisek.