RECURSO DE INCONFORMIDAD 27/2023 PREVISTO EN LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO
Fecha: 06-Sep-2023
Encabezado
RECURSO DE INCONFORMIDAD 27/2023 PREVISTO EN LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO
RECURRENTES: ***** y *****
PONENTE: MINISTRO ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA
SECRETARIO: FERNANDO CRUZ VENTURA
ÍNDICE TEMÁTICO
Diversas personas presentaron una denuncia por incumplimiento de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 1/2018 , misma que le fue desechada de plano por el juzgado del conocimiento al considerar que no se acreditó la aplicación de las normas declaradas inconstitucionales.
En contra de ese desechamiento, los denunciantes presentaron recurso de inconformidad directamente ante las Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados del Circuito respectivo y, posteriormente, el tribunal colegiado que conoció del asunto se declaró legalmente incompetente para conocer del recurso y ordenó remitir el asunto a esta Suprema Corte.
Se propone desechar por extemporáneo el presente recurso, ya que su presentación ante una autoridad diversa del Juzgado de Distrito que emitió la resolución recurrida no interrumpe el plazo de presentación, por lo que a la fecha en que se recibió por esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como a la emisión de esta sentencia, ha transcurrido en exceso el plazo para la presentación del recurso de inconformidad.
Por tanto, ante la extemporaneidad del recurso, lo que sigue es declarar firme la resolución recurrida.
RECURSO DE INCONFORMIDAD 27/2023 PREVISTO EN LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO
RECURRENTES: ***** Y *****
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
PONENTE: MINISTRO ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA
COTEJÓ
SECRETARIO: FERNANDO CRUZ VENTURA
Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al seis de septiembre de dos mil veintitrés, emite la siguiente: