RECURSO DE QUEJA 11/2022.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

RECURSO DE QUEJA 11/2022.

Fecha: 07-Dic-2022

ÍNDICE TEMÁTICO

Tema: Interés legítimo de un grupo de jóvenes para promover juicio de amparo contra la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (orden del despacho en el mercado eléctrico y condiciones de los generadores, suministradores y comercializadores de energía eléctrica).

RECURSO DE QUEJA 11/2022.

queJOSos Y RECURRENTEs: JULIA HABANA CERVANTES MAGALONI y otros.

PONENTE: MINISTRO ALBERTO PÉREZ DAYÁN.

SECRETARIA: IVETH LÓPEZ VERGARA.

Ciudad de México. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día siete de diciembre de dos mil veintidós.

VISTOS, para resolver el recurso de queja identificado al rubro y;

R E S U L T A N D O :

I. Presentación de la demanda de amparo.

  1. Por escrito presentado el veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno en la antes Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito y Tribunales Colegiados en Materia Administrativa Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones y del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México, Julia Habana Cervantes Magaloni por conducto de su madre Ana Laura Magaloni Kerpel, Fernanda Araujo Fernández por conducto de su madre Verónica Fernández Padilla, Nora Esther Cabrera Velasco, Bruno Rivera López, Emiliano Hernández Gómez Galvarriato, José Antonio Purón Guerrero por conducto de su madre Adriana Gabriela Guerrero Galindo, Alejandra Székely Aburto, Cecilia María Adame Rábago, Fernando Székely Aburto, Alicia Colomer Heredia, Esteban Martínez Acevedo, Ana Mar Picazo Enríquez, Mariana Gil Corvera, Andrés Vela Uzeta, Javier Bolio Krause, Daniela López Méndez Fernández, Nicole Poiré Alger, José Ignacio Riva Palacio Gómez, Bernarda Santos Coy Suárez, Carlota Santos Coy Suárez, Humberto López Peralta, Daniela Pontones Grunberger por conducto de su madre María Luisa Grunberger Stern, Natalia Acosta Perezcano, Juan Casillas García de Presno, Regina Silva González, Jimena San Germán Elizondo por conducto de su madre Adriana Elizondo Cordero, Wistano Luis Orozco Pou, Lucía Canseco Ibarra, Carmen de Gortari Beteta, Theo Hernández Berges, Arantxa Gómez Aguilar, Emilio Del Valle Grunberger, Daniela Luengas Araujo, Sofía Reneé Haw Tiburcio, Natalia Mayorquín Juárez, Andrés Hoyo Fuertes por conducto de su madre Susana Fuertes de la Rosa, Andrea Pérez Reigadas, María Fernanda Ramírez Colín por conducto de su madre Verónica Colín Gutiérrez, Rodrigo Pantoja Labiaga por conducto de su padre Juan Pablo Pantoja Millán, Emilia Hernández Medina, María Fernanda Márquez Martínez, Santiago Rodríguez Fábrega, Joshua Wolpert Navarrete, Emilio Domínguez Valenzuela, Lucía Muedano Fernández, Sara Córdova López, Fernando Acosta Perezcano, Pablo Beltrán Calderón, Emiliano Javier Polo Anaya, Alejandro López Méndez Fernández, Juan Antonio Araujo Garrido, María José Covarrubias Ramírez por conducto de su madre Ana María Ramírez Lozano, Paulina Ramos González, Mónica Martín López Méndez, Luciana Martínez Velázquez por conducto de su madre Verónica Velázquez Barba, María Jurado Flores por conducto de su madre Aidé Flores Elizondo, Natalia Carbonell Realme, Ana Lucía Covarrubias Ramírez por conducto de su madre Ana María Ramírez Lozano, Andrés Pérez Fernández, Annika Anaya Nester y Sabine Anaya Nester por conducto de su padre Mauricio Martín Anaya Doll, Juan Luis Maldonado Antillón, María Maldonado Antillón, Galo Martín Márquez Ruiz, Nelly Zúñiga Sánchez, Francisco Javier Díaz Hernández, Sandra Martínez Candelas, Brandon Machorro Hernández, Viviana Romero Cuenca, Braulio Limón Palacios, Esmeralda Ramírez Martínez, Eduardo López García, Dioney Carlos Mariscal González, Aldo Andony Mariscal González, Keila Mosqueda Sánchez, Andrea Yaret Espinosa Urbina, Priscila Evelyn Rangel González, Berenice Rangel González, Viridiana Romero Cuenca, Alejandro Gutierrez Martínez, Brisa Lizbeth Gutierrez Cruz, Marlen Sarahi Rivera Rodríguez, Karen Verónica Valadez Gutierrez, Karen Machorro Hernández, María del Carmen Anaya Sosa, Brayan Aguilar Ruiz, Jimena Juárez Enzastiga, María del Cielo Ruiz Rosas, Elías Zarusi Flores Monroy, Gabriela Cocoletz Cruz, Luis Alberto Cocoletz Cruz, Mauricio Llanos Contador, Leslie Nathaly Adamari Lopez Ramírez, Ángel Riego Rivas, Esmeralda Jazmín Fierro Martínez, Johana Michelle Cervantes Benítez, Erika Abigail Martínez Rivas, Georgina Castillo Loaiza, Carlos Torralba Baños, Ángel Ariel Avilez Ramírez, Luis Fernando Rafael García, Brayan Antonio Domínguez Elizondo, Santiago Cruz Gómez, Yoselin Viridiana Nicanor Jiménez, Isaac Avilés Franco, Jazmín Carmona López, Raír Daniel Tecuanhuey Morales, Adriana Guadalupe Juárez Riovalle, Dayanna Castañeda González, Ariadna Itzel Jiménez Arteaga, Sonia Ruiz Hernández, Andrea Ruiz Hernández, Karina Ruiz Hernández, Jesús Alexis Flores González, Belem Martínez Ramírez, Noe Morales Vázquez, Yoselyn Guadalupe Patricio Salazar, Luis Fernando Bautista Lopez, Ángel Javier Martínez Ramírez, Juan Carlos Velázquez Escutia, Yaquelin Baños Sánchez, Tomás Aguilera Romero, Jybrham Alejandro Zamora Hernández, Daniel Ramírez Álvarez, Brenda Guadalupe Ramírez Álvarez, Joana Rosales Vázquez, Andrés Daniel Rubio Tinoco, Karla Vanesa Ballesteros Castañón, Lucerito Covarrubias Cruz, Gissela García Gutierrez, Keevin Israel Hernández, José Luis Campos Schulz, Leonardo Eduardo Campos Schulz, Pamela Lizeth Martínez Salazar, Ariel Flores Pérez, Monserrat García Mora, Juan Carlos Gómez Lozano, Maria Fernanda Torres Ramírez, Mauro Hernández Hernández, Roberto Reyes Villalba, Paola Valeria Mariscal Plaza, Sandra Elizabeth Martínez Salazar, Manuel Arturo Pérez Ruíz, Raúl Alejandro Mecalco Delgadillo, Leslie Abigail Mecalco Delgadillo, Steffy Lozano Curieltengo, Britani Gutierrez García, Edgar Jesús Jurado Gasca, Kevin Urbina Montañez, Daniela Michell Zamudio Guzmán, Katy Michell Zamudio Guzmán, Janine Urbina Montañez, Francisco Javier Piña Patricio, Irvin Ricardo Piña Patricio, Ricardo Palacios Gómez, Denysse Elvira Palacios Gómez, Cristopher Jesús Cabrera Cuevas, Luis Karín Catzin Viloria, Zoe Carmona Hernández, Arturo Piña Lopez, Armando Pontaza Córdova, Víctor Hugo Acosta Cruz, Aranza Zavaleta Benítez, Emilio Eduardo Téllez Sandoval, Luis Dioney Téllez Sandoval, Luisa Fernanda Soriano Luna, Jacsen Jhovana López Martínez, Andrea Yaretzi López Martínez, Juan Carlos Vega Medina, Karla Michell Vega Medina, Patzy Azucena Vega Medina, Luis Ángel Soriano Mondragón, Fabiola Tezanos Brito, Ana Paola Rendon Núñez, Guillermo Figueroa Sánchez, Sayuri Pérez Ramírez, Amellali Pérez Ramírez, Brandon Ivan Solis Álvarez, Edgar Genaro Baños Sánchez, Rojas Torres Mayori Dailín, Jorge Hernández Lozano, Luis Rene Padilla Hernández, Diego Armando Gil Rodríguez, Hannia Saray Martínez Benítez, Rafael Padilla Mendoza, Karla Gabriela Sierra Sánchez, Brenda Daniela Canchola Álvarez, Mauricio Cordero Rodríguez, Laura Gabriela García García, Rafael Espinosa Bravo, Uriel Tadeo Coquis Chávez, David Carranco Bofill, Luis Rodrigo Gómez Ruíz, Alexis Adolfo Salado Morales, Michelle Casanova Soriano, Luis Manuel Cruz Serna, Hugo Roberto Carillo Molina, Emilio Alejandro Santos Pérez, Roberto Ángel Barrera Dávila, Arturo Elízaga Bores, Daniel Alejandro Santos Pérez, Luis Guillermo Ucha Cabadas, Jorge Alberto Ucha Cabadas, Rodrigo Alejandro Ramos Gómez, Daniela Morales Galván Duque, Diana Laura López García, Orlando Arauz Muñoz, Nicole Espinosa García, Marco Antonio Olivares Flores, Ivanna Ramos González, Walter Ricardo Smith Nieves, Miguel Alfredo Hernández Peñaflor, Rafael Leyva Huitrón, Ana Karen Trejo Victorero, Montserrat Quintana Esteban, Ana Paula Arce Blanco, Cynthia Ofelia Valdivia y Gutiérrez, Francisco Abel Ruíz León y Alfonso Enrique Ramos Gómez Gómez, demandaron el amparo y la protección de la justicia federal contra los actos del Congreso de la Unión y del Presidente de la República, consistentes en los artículos 3, fracciones V, incisos a) y b), XII, XII bis y XIV, 4, fracciones I y VI, 12, fracción I, 26, 53, 101, 108, fracciones V y VI, 126, fracción II, y segundo transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica, en su texto derivado del decreto de reforma publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de marzo de dos mil veintiuno (por su sola vigencia).
  2. La parte quejosa invocó como derechos fundamentales violados los previstos en los artículos 1, 4, 25 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34 y 35 de la Carta de la Organización de Estados Americanos; 11 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; 2 a 13 del Acuerdo de París; 3.1, 3.2, 3.3, 4.1(a), 4.1(b), 4.1(f) y 4.2(a) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático; y 3, 4.1, 4.3 y 5 del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe.

II. Trámite ante juzgado de distrito.

  1. Por auto de veintiséis de marzo de dos mil veintiuno, el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, a quien por razón de turno correspondió conocer del asunto, lo registró con el expediente número 210/2021 y determinó desechar la demanda de plano por considerar que se actualiza de manera manifiesta e indudable la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XII, de la Ley de Amparo.

III. Recurso de queja.

  1. Inconformes con dicho desechamiento, los quejosos interpusieron recurso de queja, del que correspondió conocer al Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, cuyo Presidente, por auto de trece de abril de dos mil veintiuno, lo registró con el número 246/2021 y admitió a trámite la queja.

IV. Facultad de Atracción.

  1. Dado que el Ministro Javier Laynez Potisek hizo suya la petición presentada por los quejosos el doce de mayo de dos mil veintiuno ante esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, se tramitó la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 188/2021, en la que esta Segunda Sala dictó el fallo respectivo el veintinueve de junio de dos mil veintidós, a través del cual resolvió atraer para su conocimiento el recurso de queja 246/2021 del índice del Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, toda vez que el asunto permitiría fijar un criterio importante y trascendente conforme a lo siguiente:

Esta Sala estima que el asunto sí cuenta con tales requisitos, en tanto que permitirá ahondar en la configuración del interés legítimo en materia ambiental, específicamente cuando se impugnen cuestiones relacionadas con el cambio climático. Es importante recordar que tanto en la queja como en la demanda de amparo se plantean argumentos relacionados con evidencia científica que presuntamente demuestra el impacto del cambio climático en los diversos servicios ambientales y, particularmente, en las generaciones futuras . De ahí que, en primer término, este asunto podría servir para determinar si para acreditar el interés legítimo en materia ambiental basta con tomar en cuenta elementos de índole normativa o, si, por el contrario, pueden incorporarse elementos de carácter probatorio en el auto admisorio. En segundo lugar, este asunto podría servir para determinar si puede entenderse que los jóvenes cuentan con una especial posición frente al ordenamiento jurídico en casos como el que reclaman y, finalmente, la aplicación del concepto de interés legítimo cuando se impugnen actos relacionados con el cambio climático.

V. Trámite ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

  1. Por acuerdo de nueve de agosto de dos mil veintidós, el Ministro Presidente de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación radicó el recurso de queja bajo el expediente 11/2022; asimismo, ordenó que el asunto se turnara al señor Ministro Alberto Pérez Dayán y se enviaran los autos a esta Segunda Sala para su radicación.
  2. Mediante auto de veinticuatro de agosto de dos mil veintidós, el asunto fue avocado al conocimiento de esta Segunda Sala por su Presidenta.