RESUELVE
PRIMERO. Es infundado el recurso de reclamación a que este toca se refiere.
SEGUNDO. Se confirma el acuerdo de veintisiete de mayo de dos mil veinticuatro, dictado por la Ministra Presidenta de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la contradicción de criterios ********** .
Notifíquese . Conforme a derecho corresponda y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los Señores Ministros y las Señoras Ministras: Loretta Ortiz Ahlf, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo (Ponente).
