REVISIÓN FISCAL 77/2012. TITULAR DE LA UNIDAD JURÍDICA DE LA COMANDANCIA REGIONAL XII GUERRERO DE LA POLICÍA FEDERAL. 24 DE MAYO DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: MARTINIANO BAUTISTA ESPINOSA. SECRETARIO: MARIO ALEJANDRO NOGUEDA RADILLA.
Fecha: 24-May-2012
Foja Del Mismo Toca
8. "Artículo 28 bis. Las unidades jurídicas regionales dependerán técnicamente de la Unidad Administrativa de Asuntos Jurídicos en la atención y despacho de los asuntos de su competencia que surjan dentro de la circunscripción territorial de la Comandancia Regional a la que estén adscritos, y les corresponderán las siguientes atribuciones: I. Ejercer la representación legal de la Comandancia Regional a que estén adscritos y, tratándose de los actos a que se refiere la fracción III del artículo 22 del presente reglamento, ejercer los derechos de intervención procesal, previo acuerdo general que expida el comisionado o, en su defecto, el acreditamiento de las facultades inherentes otorgadas en casos específicos por el titular de la Unidad Administrativa de Asuntos Jurídicos; ..."
"Transitorios ... Artículo Segundo. Todas las menciones que en cualquier disposición se hagan respecto de la Policía Federal Preventiva se entenderán referidas a la Policía Federal. ... Artículo Quinto. Se abroga la Ley de la Policía Federal Preventiva y se derogan las disposiciones que se opongan a la presente ley. ...."
9. "Artículo 5. La institución, para el despacho de los asuntos de su competencia, contará con las unidades siguientes: ... VI. Coordinaciones estatales; VII. Direcciones generales: 1) Asuntos Jurídicos; ..."
"Artículo 41. Los titulares de las Coordinaciones Estatales dependerán de la División de Seguridad Regional y tendrán bajo su responsabilidad administrar los recursos humanos, materiales y financieros asignados en su jurisdicción, así como coordinar, implementar y supervisar las operaciones de las siguientes unidades: A. Operativas: ... B. Servicios: I a II. ... III. Asuntos Jurídicos, y IV. ...-Lo anterior, sin perjuicio de la subordinación jerárquica de cada una de esas unidades respecto de las centrales de la institución, de las que respectiva y funcionalmente forman parte."
"Artículo 43. Las unidades jurídicas estatales dependerán jerárquicamente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos en la atención y despacho de los asuntos de su competencia que surjan dentro de la circunscripción territorial de la Coordinación Estatal a la que estén adscritas y les corresponderá: I. ... II. Ejercer la representación legal de la Coordinación Estatal a que estén adscritas, así como ejercer los derechos de intervención procesal, previo acuerdo que expida el Comisionado General o Jefe de la División de Seguridad Regional o, en su defecto, las facultades procesales otorgadas en casos específicos por el titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos; III a VI. ... VIII. Presentar demandas y contestarlas, reconvenir a la contraparte, ejercitar acciones y oponer excepciones; así como ofrecer, exhibir y desahogar pruebas, articular y desahogar posiciones, formular alegatos, interponer toda clase de recursos, y en general vigilar y atender la tramitación de los juicios contenciosos administrativo en línea; ..."
10. Publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro I, Tomo 3, octubre de 2011, Décima Época, Materia Administrativa, página 1746. Registro IUS 160755.
11. Publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXI, abril de 2005, Novena Época, Materia Común, página 1126. Registro IUS 178807.