REVISIÓN ADMINISTRATIVA (LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO) 184/2015. TITULAR DE LA UNIDAD JURÍDICA Y DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ENCARGADA DE LA DEFENSA DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ES
Suprema Corte de Justicia de la Nación

REVISIÓN ADMINISTRATIVA (LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO) 184/2015. TITULAR DE LA UNIDAD JURÍDICA Y DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ENCARGADA DE LA DEFENSA DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ES

Fecha: 14-Oct-2016

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

PRIMERO.-Se desecha por improcedente el presente recurso de revisión fiscal, interpuesto por el titular de la Unidad Jurídica y de la unidad administrativa encargada de la defensa del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Delegación Estatal Tlaxcala, en representación del delegado estatal en Tlaxcala del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y del subdelegado de Prestaciones adscrito a la delegación antes citada.

SEGUNDO.-Queda firme la sentencia de veinticinco de septiembre de dos mil quince, emitida por la Primera Sala Regional de Oriente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, dentro del expediente del juicio de nulidad número **********.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución, remítanse los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese este asunto como totalmente concluido.

Así lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados José Francisco Cilia López, María Leonor Pacheco Figueroa y José Ybraín Hernández Lima, siendo ponente el primero de los nombrados.

En términos de lo previsto en los artículos 3, 71, 110, 113 y demás conducentes en lo relativo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.