Suprema Corte de Justicia de la Nación
Solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 503/2021
Fecha: 01-Dic-2021
RESUELVE
ÚNICO. Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación NO EJERCE la facultad de atracción.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, devuélvanse los autos al tribunal colegiado de origen y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar Morales, José Fernando Franco González Salas, Javier Laynez Potisek (ponente) y Presidenta Yasmín Esquivel Mossa.