SOLICITUD DE ejercicio de la FACULTAD DE ATRACCIÓN 103/2022
Fecha: 22-Jun-2022
Encabezado
SOLICITUD DE ejercicio de la FACULTAD DE ATRACCIÓN 103/2022
solicitante: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
SECRETARIO: JUAN JAIME GONZÁLEZ VARAS
SECRETARIO AUXILIAR: RICARDO MARTÍNEZ HERRERA
Colaborador: José de Jesús Segovia Villeda
ANTECEDENTES: La Procuraduría Federal del Consumidor promovió una acción colectiva difusa en contra de una empresa gasolinera que no suministraba litros completos de gasolina y diésel, ya que el despachador estaba alterado. Como medida de restitución, la PROFECO solicitó la compensación (económica o en especie) para todas las personas habitantes de la localidad. El Juzgado de Distrito desechó la demanda, ya que consideró que no se actualizó la legitimación en la causa, en virtud de que la compensación para todas las personas no era acorde con la naturaleza de la acción colectiva difusa. Por tal motivo, la Procuraduría interpuso apelación. El Tribunal Unitario que conoció del caso confirmó el desechamiento. Dicho tribunal consideró que la reparación en ese tipo de acciones es colectiva y no individual, por lo que no podía obtener el resultado de condena deseado. La Procuraduría promovió un amparo directo en contra del fallo anterior y posteriormente solicitó a la Suprema Corte la atracción del amparo para que determine los alcances de la procedencia y su vínculo con la reparación (compensación), en acciones colectivas difusas.
SOLICITUD DE ejercicio de la FACULTAD DE ATRACCIÓN 103/2022
solicitante: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
PONENTE: ministrA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
SECRETARIO: JUAN JAIME GONZÁLEZ VARAS
SECRETARIO AUXILIAR: RICARDO MARTÍNEZ HERRERA
Colaborador: José de Jesús Segovia Villeda
Vo. Bo.
MINISTRA
Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la sesión de veintidós de junio de dos mil veintidós , emite la siguiente:
Mediante la que se resuelve la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 103/2022, para conocer del amparo directo 18/2022, del índice del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Decimosexto Circuito.
El problema jurídico consiste en determinar si se cumplen los requisitos formales y materiales para que esta Primera Sala ejerza su facultad de atracción y conozca del amparo directo referido, cuyo tema es determinar la procedencia de una acción colectiva difusa promovida por la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), cuando se solicita la compensación para una colectividad que se vio afectada por una empresa gasolinera.