Solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 457/2024.
Fecha: 17-Abr-2024
R E S U E L V E
PRIMERO. Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no ejerce la facultad de atracción para conocer del amparo directo ********, del índice del Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito.
SEGUNDO. Devuélvanse los autos al Tribunal Colegiado del conocimiento para los efectos legales conducentes.
Notifíquese, con testimonio de esta resolución y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cuatro votos de los Señores Ministros y las Señoras Ministras: Loretta Ortiz Ahlf, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Ana Margarita Ríos Farjat, y Presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo (Ponente) quien se reserva su derecho a formular voto aclaratorio. Estuvo ausente el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.