SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN 485/2023
Fecha: 12-Jun-2024
RESUELVE
PRIMERO. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no ejerce su facultad de atracción para conocer del amparo en revisión ********** del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito.
SEGUNDO. Devuélvanse los autos al Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito para los efectos legales conducentes.
Notifíquese, conforme a derecho y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros y las señoras Ministras: Loretta Ortiz Ahlf (Ponente), Juan Luis González Alcántara Carrancá, Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo.