SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN 152/2025
Fecha: 30-Abr-2025
RESUELVE
PRIMERO. Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no ejerce la facultad de atracción para conocer del amparo en revisión **********, del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito.
SEGUNDO. Devuélvanse los autos al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito para los efectos legales conducentes.
Notifíquese; y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cinco votos de las señoras Ministras y los señores Ministros: Jorge Mario Pardo Rebolledo, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Presidenta Loretta Ortiz Ahlf (Ponente).