SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 2/2002-PL. MAGISTRADOS INTEGRANTES DEL DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 2/2002-PL. MAGISTRADOS INTEGRANTES DEL DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fecha: 15-Abr-1991

Considerando

SEXTO. A criterio de este Tribunal Pleno los argumentos señalados en la resolución del Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, son suficientes para que este órgano colegiado resuelva modificar la jurisprudencia precisada, con base en las consideraciones que a continuación se exponen.

Para llegar a la consideración anterior es preciso recordar, en principio, el criterio jurisprudencial de la entonces Tercera Sala de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, que es el siguiente: