AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
0034/2024-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2024-ECA

Fecha: 08-May-2024

…CONCEDA LA TUTELA DEL DERECHO A NO SER PROCESADO DOS VECES POR UN MISMO HECHO Y DE JUSTICIA PRONTA Y OPORTUNA CON RELACION AL PROCESAMIENTO INDEBIDO…” (sic).

En lo referente a la complementación y enmienda que aduce en cuanto al Fundamento Jurídico III.3 de la SCP 0049/2024-S2, sin lugar a considerar el mismo debiendo tenerse presente que los alcances expuestos en dicho Fundamento, tan solo fueron referidos a la forma en que fue resuelta la acción de libertad por el Juez de garantías constitucionales, análisis que en modo alguna implica pronunciamiento sobre el fondo de la pretensión constitucional del peticionante de tutela.

El art. 13.I del CPCo, es claro al señalar que, por su naturaleza, la solicitud de complementación, enmienda y aclaración solo opera cuando exista necesidad de precisar conceptos obscuros o corregir errores materiales o subsanar omisiones, que no modifiquen el fondo de lo resuelto. En el caso concreto, la SCP 0049/2024-S2, es clara y precisa en su determinación de denegar la tutela; en ese entendido, no corresponde atender la solicitud de complementación y enmienda efectuada por el peticionante de tutela, dada la claridad de los Fundamentos Jurídicos y la parte resolutiva del citado fallo constitucional.