AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2024-O
Fecha: 21-May-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 16.II del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 16 de febrero de 2024, cursante de fs. 888 a 890, pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y en consecuencia, declarar NO HA LUGAR a la queja por incumplimiento formulada por Daniel Gonzalo Edy Maldonado Arandia, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en este fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA