AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2024-rq
Fecha: 01-Jul-2024
POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 27.III del Código Procesal Constitucional, resuelve declarar: NO HA LUGAR al recurso de queja interpuesto por Abraham Cartagena Tamo; y, en consecuencia, CONFIRMAR el AC 0068/2024-CA de 22 de febrero, cursante de fs. 30 a 37; por el cual, se rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta de referencia.
CORRESPONDE AL AC 0013/2024-RQ (viene de la pág.6).
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Se hace constar que no intervienen los Magistrados Dr. Petronilo Flores Condori, MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado y Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano, por haber suscrito el Auto Constitucional impugnado.
Fdo. Ph.D. Paul Enrique Franco Zamora
PRESIDENTE
Fdo. MSc. Georgina Amusquivar Moller
MAGISTRADA
Fdo. MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
MAGISTRADA
Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. MSc. René Yván Espada Navía
MAGISTRADO