AUTO CONSTITUCIONAL 0294/2025-CA
Fecha: 20-May-2025
De lo expuesto, se concluye que en este caso no se cumplió con el art. 24.I.4 del CPCo, incurriendo en la causal de rechazo establecida en el art. 27.II inc. c) del mismo Código, debido a la falta de fundamentos jurídico-constitucionales sólidos que
CORRESPONDE AL AC 0294/2025-CA (viene de la pág. 8)
Consiguientemente, la autoridad judicial consultante, al rechazar esta acción de control normativo, obró correctamente.
POR TANTO
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional, resuelve: RATIFICAR la Resolución Administrativa 232576001580 de 5 de mayo de 2025, cursante de fs. 1 a 14, pronunciada por la Gerencia Distrital II Santa Cruz del Servicio de Impuestos Nacionales, por la que resuelve rechazar promover la acción de inconstitucionalidad concreta; y en consecuencia, RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por José Javier Durán Tarabillo en representación legal de la Empresa Tecno Administrativa Inmobiliaria Industrial Limitada TAI Ltda.,
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
COMISIÓN DE ADMISIÓN
René Yván Espada Navía
MAGISTRADO PRESIDENTE
MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
MAGISTRADA
Ángel Edson Dávalos Rojas
MAGISTRADO
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- II. ANÁLISIS DE LA ACCIÓN
- De lo expuesto, se concluye que en este caso no se cumplió con el art. 24.I.4 del CPCo, incurriendo en la causal de rechazo establecida en el art. 27.II inc. c) del mismo Código, debido a la falta de fundamentos jurídico-constitucionales sólidos que