SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1156/2022-S3
Fecha: 15-Oct-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Sentencia 149/2021 de 7 de julio, emitida por la Jueza Pública de Familia Quinta de la Capital del departamento de Oruro, que declaró probada la pretensión; consiguientemente, se reconoció la unión conyugal libre o de hecho entre Lilian Maribel Álvaro Ardaya -hoy accionante- y Max Fernando Copa Rojas, con todos los efectos del matrimonio civil, como lo reconoce el Código de las Familias y del Proceso Familiar, así como la Constitución Política del Estado, a partir del 1 de agosto de 2016 hasta la la fecha en que falleció el nombrado, 1 de julio de 2020, con los mismos efectos que el matrimonio civil, tanto en las relaciones personales como patrimoniales de los convivientes (fs. 34 a 36 vta.).
II.2. Mediante memorial presentado el 21 de julio de 2021, Alexandra Itzel Copa Calle -ahora tercera interesada-, interpuso recurso de apelación contra la Sentencia 149/2021 (fs. 37 a 41).
II.3. Por memorial presentado el 29 de julio de 2021, la accionante contestó el recurso de apelación interpuesto por Alexandra Itzel Copa Calle -hoy tercera interesada- (fs. 43 a 44 vta.).
II.4. A través de Auto de 30 de julio de 2021, la Jueza Pública de Familia Quinta de la Capital del departamento de Oruro, concedió el recurso de apelación en efecto suspensivo, interpuesto por Alexandra Itzel Copa Calle -ahora tercera interesada-, disponiendo se remita el expediente a la Sala Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia de turno del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro (fs. 45).
II.5. Mediante memorial presentado el 25 de agosto de 2021, María Patricia Calle López -hoy tercera interesada- en representación de Einar Benjamín Copa Calle, con discapacidad grave y permanente para actuar por si solo, interpuso incidente de nulidad dentro de la demanda de reconocimiento de unión conyugal libre o de hecho interpuesta por la accionante contra Alexandra Itzel Copa Calle -ahora tercera interesada- (fs. 46 a 50 vta.).
II.6. Por Auto de Vista 305/2021 de 22 de septiembre, Juan Carlos Selaya Rojas y Hernán Ocaña Marzana, Vocales de la Sala Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro -ahora accionados-, se anuló obrados hasta el decreto de 21 de abril de 2021, y se dispuso que la autoridad judicial del proceso familiar, previo al señalamiento de audiencias, integre a la litis a María Patricia Calle López -hoy tercera interesada- en su condición de madre y en representación de Einar Benjamín Copa Calle como codemandada en el proceso familiar de reconocimiento de unión conyugal libre o de hecho, seguido por la accionante contra Alexandra Itzel Copa Calle -ahora tercera interesada-, corriendo en traslado con la demanda y sus emergencias, para que conteste en el plazo previsto por ley. Sin responsabilidades por ser excusable (fs. 2 a 7).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la segunda finalidad, tanto la SCP 2221/2012 como la SCP 0100/2013, señalan que la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión sin motivación, con motivación arbitraria, insuficiente y por la falta de coherencia del fallo. Ejemplif