SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2022-S1
Fecha: 10-May-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se evidencia lo siguiente:
II.1. Cursa Auto interlocutorio 311/2021 de 26 de abril, emitido por la Jueza de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer Cuarta de la Capital del departamento de La Paz -ahora demandada-, a través del cual se dispuso rechazar la solicitud de cesación a la detención preventiva de Isaac Velasco Escobar -ahora accionante-; en consecuencia, el mismo, en audiencia planteó recurso de apelación contra el referido Auto interlocutorio. (fs. 6 a 7).
II.2. Consta Oficio 419/2021 de 3 de mayo, a través del cual la Secretaria del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y violencia Contra la Mujer Cuarta de la Capital del departamento de La Paz -ahora codemandada-, remitió a la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, la apelación incidental contra el Auto Interlocutorio 311/2021 de 26 de abril, constando fecha de recepción de 4 de mayo de 2021 a horas 10:27 (fs. 8 y vta.).
II.3. Mediante Decreto de 5 de mayo de 2021, la Secretaria de Cámara de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, determinó que la Resolución 280/2021 se encuentra ilegible, debiendo que por secretaría de Juzgado de origen, remitir una más legible (fs. 22).
II.4. Cursa Nota de 5 de mayo de 2021, emitido por la Secretaria de Cámara de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a través del cual devuelve obrados al Juzgado de origen. En la cual consta sello de recepción de 10 del citado mes y año a horas 12:00 (fs. 9 y vta.).
II.5. A través de Oficio 445/2021 de 11 de mayo, la Jueza ahora demanda devolvió a la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, la apelación presentada contra el Auto Interlocutorio 311/2021; constando como fecha de recepción el 11 de mayo de 2021 a horas 10:00 (fs. 10).