SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1082/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1082/2022-S1

Fecha: 05-Oct-2022

IV. ENMIENDA Y COMPLEMENTACIÓN.

Con el uso de la palabra la abogado de la defensa al amparo del Art. 125 del CPP, solicitó el uso de la palabra manifestando: La resolución dictada por su autoridad está vulnerando el Art. 400 del CPP, puesto que quien ha apelado son los imputados y no asi el Ministerio Público, su autoridad apartándose completamente de los fundamentos de la defensa dicta su resolución como si el Ministerio Público seria la parte apelante, por lo que la resolución dictada en esta audiencia ha vulnerado aún más los derechos de mis defendidos, por lo que pido que si bien ha hecho mención la norma para determinar la nulidad de la resolución de la Juez A quo, sin embargo pido se complemente porque no se ha pronunciado sobre los fundamentos y agravios de la defensa, ya que su autoridad no ha hecho referencia si la defensa tenía razón o no.

Ante la solicitud de enmienda y complementación, la Sra. Vocal pasó a dictar el siguiente Auto:

VISTOS: La solicitud de enmienda y complementación formulada por la abogada de la defensa, y:

CONSIDERANDO: Que la abogada de los imputados, solicita la complementación de la resolución respecto al hecho del porqué no se habría resuelto la apelación planteada en base a los agravios formulados por esa parte, haciendo además un pronunciamiento extrapetita sobre un reclamo que nunca formuló el Ministerio Público.

Al respecto, conforme a los fundamentos precedentemente expuestos, se tiene que este Tribunal señaló que antes de ingresar a considerar el fondo del recurso planteado corresponde realizar al Tribunal de Alzada la revisión de los obrados y verificar que no existan causales de nulidad por defectos absolutos insalvables.

En ese orden, no es posible considerar los agravios denunciados por la parte apelante, ante la evidencia de defectos absolutos insalvables que deben ser corregidos por la Juez de la Causa, conforme a los argumentos expuestos.