SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1171/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1171/2022-S1

Fecha: 11-Oct-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa minuta de transferencia de 11 de mayo de 1976, reconocida ante el Juez de Mínima Cuantía de Sacaba, de un lote de terreno realizado entre Laura Ponce Vda. de Arauco y Delfina Arauco de Ponce Suarez a favor de Romualda Torrico Vargas -ahora accionante- (fs. 12 y vta.).

II.2.  Consta Acta de Notoriedad 288/2021 realizada por el Notario de Fe Pública Número dos de Sacaba del departamento de Cochabamba, la que acredita que se abrió una calle de data reciente; asimismo, se observó algunos bloques de cemento tipo viguetas arrojadas a la calle las cuales según lo manifestado por la antes nombrada antes del avasallamiento delimitaban su predio; de igual forma, se observa la existencia de una construcción que habría sido construida por ella y que se le habría arrebatado arbitrariamente y que ahora es ocupada por detentadoras; en una segunda acequia que pasaría por medio de la propiedad de la accionante donde observó que una gran parte de esa se encontraría cercada con calaminas impidiendo su transitabilidad. Finalmente la nombrada afirma que fue arrebatada de su propiedad y teme por su vida, por ello contrató a tres policías para resguardarla en el acta (fs. 132 a 134).

II.3.  Por fotocopia de folio real de 5 de abril de 2019, de un lote de terreno de 227 788 m2 ubicado en Sacaba del departamento de Cochabamba acredita el registro de sub inscripción de titularidad sobre el dominio a favor de Guido Alejandro, Laura Heliana, Gonzalo Roberto, René Alvaro, María Eugenia Silvia y Clemencia Anabela, todos Ponce Arauco (fs. 169 y vta.).

II.4.  Mediante Resolución 42/2021 de 24 de noviembre, el Juez de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, dispuso denegar la tutela impetrada dentro de la acción de libertad interpuesta por Gabina Condori Nina en representación sin mandato de Romualda Torrico Vargas contra Jimmy Inturias Condori, Miguel Ramos Carbajal y David Molina (170 a 177 vta.).