SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1314/2022-S2
Fecha: 03-Oct-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por Auto Interlocutorio de 5 de agosto de 2021, los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Tercero de la Capital del departamento de Potosí, dispusieron no ha lugar a la solicitud de cesación de la detención preventiva impetrada por Herland Reynaldo Flores Ruiz -accionante- (fs. 25 a 27).
II.2. Como resultado del recurso de apelación incidental interpuesto por el peticionante de tutela contra la precitada determinación, el Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del citado departamento -demandado-, emitió el Auto de Vista de 18 de agosto de 2021, declarando admisible e improcedente la impugnación planteada (fs. 83 a 91).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Más adelante, la SCP 1471/2012 de 24 de septiembre, respecto a este tema señaló: ʽ…ante la interposición de una apelación incidental de medidas cautelares o su sustitución, previo a la celebración de la audiencia de consideración, deberá asegurarse l