SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1320/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1320/2022-S2

Fecha: 04-Oct-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Emergente de la denuncia efectuada por Juan Ángel Aro Mamani contra Elizabeth Laura Vásquez Peñaranda, Jueza Pública de Trabajo y Seguridad Social Segunda de la Capital del departamento de Pando           -hoy accionante- y otra, por haber incurrido en la falta disciplinaria grave contenida en el art. 187.9 y 14 de la LOJ; mediante Resolución Disciplinaria 04/2020 de 6 de marzo, la Jueza Disciplinaria Segunda de la Oficina Departamental de Pando del Consejo de la Magistratura, declaró probada la denuncia en cuanto a la demandante de tutela, alegando existir prueba suficiente sobre las conductas de demora indebida en la que habría incurrido la precitada, imponiéndole la sanción de suspensión del ejercicio de sus funciones de un mes sin goce de haberes (fs. 8 a 15 vta.).

II.2.    El 13 de marzo de 2020, la demandante de tutela formuló recurso de apelación contra la Resolución Disciplinaria 04/2020, impetrando revocar el fallo impugnado en su totalidad, declarando improbada la denuncia “…porque la mora procesal no constituye falta, toda vez que (…) como Juez suplente, NO ha omitido ni ha negado, y mucho menos retrasado indebidamente de manera dolosa, negligente o maliciosa la tramitación del proceso, más al contrario, ha despachado los casos en el marco de la Constitución Política del Estado y las leyes laborales…” (sic [fs. 16 a 23 vta.]).

II.3.   Mediante Auto de 2 de julio de 2020, la Jueza Disciplinaria Segunda de la Oficina Departamental de Pando del Consejo de la Magistratura, concedió el recurso de apelación descrito en la Conclusión precedente, ante el Régimen Disciplinario del Consejo de la Magistratura, disponiendo se provean los recaudos de ley para el envío del expediente (fs. 25).

II.4.   Por Resolución RSP-AP 128/2020 de 18 de septiembre, la Sala Plena del Consejo de la Magistratura, conformada en dicha oportunidad por Omar Michel Durán y el entonces Consejero, Gonzalo Alcón Aliaga -ahora demandados- rechazó el recurso de apelación antes indicado “…por ser extemporáneo, disponiéndose la Ejecutoria de la Resolución Disciplinaria Nº 04/2020, emitida por la Juez Disciplinario Segundo del Distrito Judicial de Pando” (sic [fs. 26 a 28 vta.]).

II.5.   El 24 de agosto de 2021, la peticionante de tutela solicitó la complementación y enmienda de la Resolución RSP-AP 128/2020, pidiendo se rectifique el procedimiento (fs. 29 a 30). Sobre el particular, la Sala Plena del Consejo de la Magistratura, pronunció el Auto de 31 de igual mes y año, declarando no ha lugar al pedido mencionado (fs. 31 y vta.).

II.6.   A través de Auto de 29 de octubre de 2021, se declaró la ejecutoria de la Resolución RSP-AP 128/2020, y la de primera instancia 04/2020 (fs. 32).