SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1326/2022-S2
Fecha: 04-Oct-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa certificado de 5 mayo de 2021 emitido por la Directora de Recursos Humanos (RR.HH.) del Gobierno Autónomo Municipal de Potosí, acreditando que Sharen Mónica Villca López -ahora accionante- tendría ocho contratos con plazos fijos con la referida entidad edil (fs. 3).
II.2. Consta Contrato de Prestación de Servicios 6761/2021 de 9 de julio suscito entre el Gobierno Autónomo Municipal de Potosí y la impetrante de tutela, para la ejecución de proyectos de la comuna con vigencia hasta el 5 de octubre del mismo año (fs. 16 a 18).
II.3. La Resolución Administrativa Conminatoria de Reincorporación -JDTP-HRF 075/2021 de 19 de noviembre, determinó conminar al Gobierno Autónomo Municipal de Potosí para que en el plazo de tres días de su notificación se proceda a la reincorporación laboral de la demandante de tutela “… al mismo puesto que ocupaba, más el pago de salarios y demás derechos sociales que correspondan a la fecha” (fs. 33 a 39 vta.).
II.4. Corre memorial de 14 de diciembre de 2021; por el que, el Gobierno Autónomo Municipal de Potosí interpuso recurso de revocatoria contra la Resolución Administrativa Conminatoria de Reincorporación -JDTP-HRF 075/2021 (fs. 80 a 85 vta.).